viernes, 13 de julio de 2018

El Ciclo de Vida de la Venta de Proyectos

El Ciclo de Vida de Venta de Proyectos.

Profundizando aún más en la terminología de ventas que suele seguirse en las empresas que se dedican a vender proyectos, la actividad comercial suele estructurarse según el siguiente ciclo de vida de cinco fases: 


  • Prospectos: es la fase en la que se realiza la búsqueda de nuevos clientes, se cualifica a los potenciales clientes, o prospectos y se determinan las necesidades del mercado. En esta fase se realiza visitas a eventos comerciales, a ferias, a empresas, entre otros. Además, en esta fase se realiza alianzas comerciales.
  • Ofertas: en esta fase se toma la decisión de ofertar y se entrega las propuestas a los clientes. Se participa en las licitaciones. Se entrega la planificación del proyecto en su versión inicial. Se realizan las aclaraciones sobre toda consulta que pueda surgir, se hace una revisión de las lecciones aprendidas para tener una base para ofertar a los nuevos proyectos.
  • Contratos: Una vez que el cliente se decide por el mejor candidato, se lleva a cabo el proceso de negociación, se establece el tipo de contrato a utilizar, se definen las cláusulas, se plantean los requisitos iniciales y se firma el contrato.
  • Ejecución: Se crea la línea base de requisitos y se lleva a cabo el proyecto. En esta fase es importante la comunicación con los interesados, el registro de todos los hechos significativos, el proceso de reclamaciones y auditorías para asegurar el cumplimiento del proyecto, y la gestión de los cambios.
  • Cierre: Una vez que el proyecto se ha realizado, se lleva a cabo la fase de cierre en la cual se registra el contrato, se hace auditorías de cumplimiento del contrato y se hace una encuesta de satisfacción al cliente.

miércoles, 31 de enero de 2018

Compra-venta de inmuebles



La compra y venta de bienes inmuebles está regulado en el título V del Código Civil.
Según el artículo 27 de la Ley de Derecho Internacional Privado, la ley venezolana aplica cuando los bienes se encuentran situados en Venezuela.
Según el derecho venezolano no puede existir contrato de compraventa entre marido y mujer, ni entre los padres y los hijos, cuando los hijos poseen bienes.
Generalmente, la venta de un inmueble se realiza en dos etapas:
  • Opción de compra-venta. Firmar una opción de compra-venta es un uso común en Venezuela, más no obligatorio. En este documento se establecen las condiciones de la futura venta: descripción del inmueble, precio, forma de pago, plazo para la protocolización del documento definitivo de venta, monto de la garantía entregada para asegurar la operación, y las penalidades correspondientes en caso de incumplimiento.
  • Firma y presentación al Registro Inmobiliario para su protocolización del contrato de compra-venta.
Para la protocolización ante el  Registro Inmobiliario de la ubicación del inmueble se requiere presentar:
  • Documento de venta redactado y visado por abogado.
  • Copia de la Cédula de Identidad de los otorgantes.
  • Original y copia del Registro de Información Fiscal (RIF) actualizado, de cada uno de los otorgantes.
  • En caso de ser una persona jurídica, deben acompañarse el documento constitutivo y ultimas Actas de actualización de la compañía, y copia de la Cédula de Identidad del representante legal.
  • Ficha Catastral (Si la Cuenta esta a nombre de una persona diferente al propietario actual, debe hacerse el cambio de nombre)
  • Solvencia del Derecho de Frente.
  • Solvencia de Agua del inmueble (Si se trata de un apartamento, previamente debe obtenerse la Solvencia de pago del Condominio)
  • Registro de Vivienda Principal. En caso de no tener registrado el inmueble como Vivienda Principal, deberá pagarse el equivalente al 0,5% del precio de venta del inmueble, este pago se hace con la Planilla emitida por el SENIAT, ante una entidad bancaria autorizada a recibir pagos a la Tesorería Nacional . Se debe exigir la Certificación de Pago.
  • Pago de los Derechos de Registro: Según el calculo realizado por el Registro Inmobiliario, en el Banco y Cuenta que indique el Registro.
  • Pago de Impuesto Municipal: Impuesto que se le paga a la Alcaldía correspondiente por la operación inmobiliaria.
Se le recomienda:
Al propietario que  una vez tomada la decisión de vender y comience con la tramitación de la documentación necesaria para protocolizar.
Al comprador que antes de suscribir la  opción de compra-venta, que compruebe ante la Oficina de Registro Inmobiliario correspondiente al documento de venta, que el inmueble este libre de gravamen (embargo, prohibición de enajenar y gravar).
Existen requisitos especiales cuando un copropietario ha fallecido, en caso de divorcio o cuando el inmueble pertenezca a un menor o cuando se actúa por poder:
  •  Si ha fallecido alguno de los propietarios del inmueble, los coheheredos deberán presentar la declaración sucesoral y la correspondiente solvencia sucesoral.
  •  En caso de divorcio cuando las partes no estén de acuerdo en vender de mutuo acuerdo debe presentar el vendedor constancia de la liquidación de la comunidad de gananciales y adjudicación del referido bien.
  •  Cuando inmuebles están en posesión de menores se necesita la autoridad previa de un Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente.
  •  Cuando se actúa mediante poder, el mismo debe ser registrado y no sólo notariado

Como obtener una ficha Catastral





Se tramita en la Alcaldía donde está ubicado el inmueble, tiene que estar vigente y a nombre del propietario actual del inmueble. 

La duración del trámite depende del Municipio. En los Municipio Libertador y Sucre dura aproximadamente 20- 30 días Hábiles, en Municipio Baruta 3 días calendarios Habilitado y 8 días sin habilitar, en Municipio Hatillo 5 días calendarios Habilitado y 30 días sin habilitar.

En un requisito indispensable, para protocolizar documentos de compraventa, en el Registro Subalterno y es un recaudo exigido, por los Bancos, al momento de iniciar el trámite del Crédito Hipotecario.

En los Municipios Baruta, Sucre, Hatillo, Chacao, para efectuar el trámite se  solicitan una declaración jurada y/o planillas, fotocopia documento de propiedad, declaración y solvencia Sucesoral, cedula de identidad y autorización a la persona que efectúa el trámite.

En el Municipio Libertador, la puede solicitar cualquier persona autorizada, mediante un formulario, documento de propiedad, croquis de ubicación, cedula de identidad, Solvencia de Aseo y en el caso de quintas, con terrenos mayores de 500 mts.2, solicitan un levantamiento topográfico en coordenadas U.T.M. Para los inmuebles localizados en el Junquito, es indispensable el levantamiento topográfico.      

En algunos casos, la Ficha o Cédula Catastral se tiene que actualizar, por tanto, en caso de tenerla, se recomienda dirigirse al Registro Inmobiliario o Alcaldía correspondiente, a fin de verificar la aceptación o vigencia de la misma (Municipio Chacao cada año par, Sucre +/- 5 años).

En el Municipio Sucre, la Ficha Catastral se tiene que actualizar cada 5 años, de todos modos dirigirse al Departamento de Catastro.

En los Municipios Baruta, Chacao, Sucre, Hatillo el cambio de Nombre del Derecho de Frente es lo mismo que obtener la Ficha y/o Cédula Catastral. En el Municipio Libertador, el Cambio de Nombre del Derecho de Frente y la Cedula Catastral, son dos trámites independientes.
En algunos Registros no piden la Cédula Catastral para la presentación de Documento de Compra Venta en el Registro, pero se tiene que tener este recaudo, para solicitar la Solvencia del Derecho de Frente.
 

Recaudos:

• Formulario C-1
• Planos de Ubicación
• Levantamiento Topográfico coordenadas UTM
• Titulo Supletorio
• Planilla Sucesoral
• Documento de Propiedad del inmueble
• Documento de Condominio (registrado)
• Copia de la Cédula de Identidad (propietario y autorizado)
• Acta Constitutiva y R.I.F. (si el propietario es persona jurídica)
• Documento de Propiedad (registrado)
• Timbres Fiscales por Bs. 296,00


Horario de atención al público:"De lunes a viernes de 8:45 a.m. a 12:15 p.m. y de 1:45 p.m. a 4:15 p.m.

lunes, 6 de marzo de 2017

REQUISITOS PARA VENDER UN INMUEBLE



Para vender un inmueble se requiere presentar ante el Registro Inmobiliario correspondiente de acuerdo a la ubicación del inmueble, conjuntamente con el documento de venta redactado y visado por abogado, los siguientes recaudos:
 
1- Copia de la Cédula de Identidad de los otorgantes: La Cédula debe estar vigente y la copia legible (Generalmente exigen que estén todas en un mismo folio tamaño oficio)
2- Registro de Información Fiscal (RIF) actualizado, de cada uno de los otorgantes: Debe presentarse original y copia.
3- Ficha Catastral: Se obtiene en la Oficina de Catastro de la Alcaldía correspondiente según la ubicación del inmueble. (Si la Cuenta esta a nombre de una persona diferente al propietario actual, debe hacerse el cambio de nombre)
4- Solvencia del Derecho de Frente: Se obtiene en la Alcaldía correspondiente, previo pago de los impuestos municipales, más una tasa que cobran por la emisión de la Solvencia.
5- Solvencia de Agua del inmueble: Se tramita ante Hidrolago. (Si se trata de un apartamento, previamente debe obtenerse la Solvencia de pago del Condominio)
6- Registro de Vivienda Principal: Se obtiene en el SENIAT.
7- En caso de no tener registrado el inmueble como Vivienda Principal, deberá pagarse el equivalente al 0,5% del precio de venta del inmueble, este pago se hace con la Planilla emitida por el SENIAT, ante una entidad bancaria autorizada a recibir pagos a la Tesorería Nacional . Se debe exigir la Certificación de Pago.
8- Pago de los Derechos de Registro: Según el cálculo realizado por el Registro Inmobiliario, en el Banco y Cuenta que indique el Registro.
9- Pago de Impuesto Municipal: Impuesto que se le paga a la Alcaldía correspondiente por la operación inmobiliaria.
10- Si la propiedad está en un conjunto cerrado u edificio, solvencia de condominio u/o consejo comunal
11- En caso de ser una persona jurídica, deben acompañarse el documento constitutivo y ultimas Actas de actualización de la compañía, y copia de la Cédula de Identidad del representante legal. 
12- Planos de distribución inmueble, así como de aguas y electricidad (solicitado por muchos bancos para el crédito) 
13-  Certificación de gravámen emitida por el Registro la cual deberá ser solicitada antes de la firma opción compra-venta puesto tiene una validez de 30 días hábiles.
14- Tradición Legal (cuando la soliciten)

REQUISITOS PARA DECLARACION SUCESORAL SENIAT



A partir de Septiembre del año 2013 la declaracion sucesoral es por internet y no requere ser firmada ni realizada por abogado , los mismos herederos la pueden hacer.

REQUISITOS PARA DECLARACION  SUCESORAL

1. RIF SUCESORAL: COPIA ACTA DE DEFUNCION, COPIA DE LA CI Y RIF DEL DIFUNTO, COPIA DE LA CI Y RIF DE LOS HIJOS Y CONYUGUE (HEREDEROS), COPIA DE ACTA DE MATRIMONIO y carta de autorizacion por parte de los herederos al representante legal de la sucesion .recuerde que si va a colocar vivienda como principal la direccion de la sucesion debe ser la de la vivienda principal. Los herederos deben de aparecer en el acta de defunción y deben tener rif actualizado , ademas uno de los herederos debe ser a la representante legal y anexe la planilla de inscripción que se emite por el portal del seniat como se señala a continuación;

PASOS PARA OBTENER SU PLANILLA DE SOLICITUD DE INSCRIPCION EN EL RIF

SUCESIONES:

1. Ingrese a la página Web del SENIAT www.seniat.gob.ve
2. Seleccione la opción Sistemas en Línea, haga clic en “Inscripción de RIF”. 
3. Seleccione el Tipo de Persona: “Sucesión (con Cédula)”, o “Sucesión (sin Cédula)” según sea el caso. 
4. Coloque los datos del causante, haga clic en el botón “buscar” y luego en la opción “Inscribir Contribuyente”. 
5. Complete los datos del causante.el nro de cedula y la fecha de defuncion  Presione el botón Guardar. 
6. Complete los datos del domicilio fiscal del causante. 
7. Indique los datos del Representante de la Sucesión. 
8. Coloque los datos de todos los Herederos de la Sucesión ( no se aceptan como herederos las concubinas a menos que tenga una mero declarativa de un tribunal) 
9. En la opción “Ver Planilla”, imprimir el formulario de inscripción. Y llevarlo hasta la oficina del seniat, area de rif de su domicilio, con los recaudos necesarios. en horario corrido de 8: am hasta las 3: pm .


2. INSCRIBIRSE EN EL PORTAL DEL SENIAT
 : Seguidamente una vez que obtenga el RIF de la Sucesión (debe poseer una cuenta de correo electrónico válida); debe Registrarse en el Portal Fiscal. Siga los siguientes pasos para realizar el registro: 

1. Ingrese a la página Web del SENIAT www.seniat.gob.ve
2. Seleccione en la opción SENIAT en Línea: Persona Natural. 
3. Pulse la opción 
4. Llene los datos de validación del usuario (difunto). 
5. Presione el botón aceptar. 
6. Llene los Datos del Registro seguidamente presione el botón Aceptar. 
7. El sistema muestra un mensaje de operación exitosa

3. INGRESE SU CLAVE Y USUARIO Y REALICE LA DECLARACION SUCESORAL , debe tomar en cuenta que puede solicitar como desgravamen la vivienda principal del difunto ( recuerde que el domicilio del rif de la sucesión debe ser la misma que la de la vivienda principal, coloque alli cuales son los bienes muebles e inmuebles que dejo e imprimir cuatro planillas

4. SI RESULTARE PAGO PAGAR EN BANCO Y ESPERAR 24 HORAS PARA IMPRIMIR SU CERTIFICADO DE PAGO

5. PREPARAR 3 CARPETAS (UNA ORIGINAL Y 2 COPIAS) CON LA SIG INFORMACIÓN:

• copia de la declaración sucesoral con su respectivo certificado de pago, Copia del acta de defunción,. copia del rif de la sucesión, copia de la partida de nacimiento,  ci y rif de hijos, conyugues, acta de matrimonio si el difunto era casado y en caso de solteros padres (herederos), copia ci y rif del difunto, copia de la ci, rif e impre del abogado ( los datos del abogado son opcionales , ahora no se requiere que la planilla sea firmada x un abogado), copia de documentos de los activos (inmuebles, acciones, prestaciones x pagar, vehiculos, etc…), pasivos y desgravamenes solicitados.en el caso de inmuebles copia del documento de propiedad ,en el caso de cuentas edo de cuenta bancario, en el caso de acciones balance de la empresa que emite las acciones asi como el valor venal de las mismas, copia del documento de las prestaciones , en cuanto a los desgravamenes , las cuentas de pensiones no se consideran desgravamen , solo se consideran desgravamen la vivienda principal la cual puede delcrar principal postmorten y las prestaciones

6. LLEVAR CARPETAS A SENIAT, COORDINACIÓN DE SUCESIONES DE SU DOMICILIO


7. RETIRAR SOLVENCIA EN 15 DIAS, NORMALMENTE SE TARDA MAS DE 2 MESES


8. SON 180 DIAS PARA DECLARAR A CON LA UNIDAD TRIBUTARIA DE LA FECHA DE DEFUNCION

viernes, 3 de marzo de 2017

REGISTROS DEL DISTRITO CAPITAL


(Actualizado a Abril de 2010)

REGISTRO PRINCIPAL
Dr. José M. Villanueva Rocca
Dirección: Av. Urdaneta, Esq. de Pelota a Punceres, Edif. 30,
frente a la PTJ.
Teléfonos: (0212) 564.56.04/ 564.53.89
Fax: (0212) 564.54.68
Email: registrodf@cantv.net

REGISTRO PÚBLICO DEL PRIMER CIRCUITO MUNICIPIO LIBERTADOR
Dr. Carlos Oberto Pocaterra
Dirección: Av. Panteón, entre las Esqs. de Pelo Blanco a
Brisas de Gamboa, Edif. EIM, Locales 1 y 2, Parrq. San José
Teléfono: (0212) 551.90.64/ 551.95.20/ 550.23.98
Email: registrosub@cantv.net

REGISTRO PÚBLICO DEL SEGUNDO CIRCUITO MUNICIPIO LIBERTADOR
Dra. Marbelis Useche
Dirección: Av. Universidad entre las Esq. de Monrroy a Misericordia, Edif. Centro Parque Carabobo, Nivel 1, Ofic. 114 y 115.
Teléfonos: (0212)576.99.62/ 576.52.09/ 576.38.74/ 572.38.42
Emails: libertador@hotmail.com /registro3@cantv.net

REGISTRO PÚBLICO DEL TERCER CIRCUITO MUNICIPIO LIBERTADOR
Dra. Sharine Salazar
Dirección: Madrices a Ibarras, Edif. González Gorrondona,
Piso 1, al lado de Graffiti.
teléfonos: (0212) 564.49.53/ 564.72.19/ 563.31.06
Página web: www.registro3libertador.gov.ve

REGISTRO PÚBLICO DEL CUARTO CIRCUITO MUNICIPIO LIBERTADOR
Dra. Aramita Padrino
Dirección: Av. Urdaneta, Esq. de Pelota a Ibarras, Edif. Caoma, Piso 1.
Teléfonos: (0212) 563.56.49/ 563.96.23/ 563.31.06
Email: Zulayrr@hotmail.com

REGISTRO PÚBLICO DEL QUINTO CIRCUITO MUNICIPIO LIBERTADOR
Dra. Raquel Yoleida Pereira de Linares
Av. Este, detrás del la Plaza Morelo, Torre C.T.V.,
Edif. José María Vargas, Piso 5, Bellas Artes.
Teléfono: (0212) 574.99.29
Fax: (0212) 563.31.06

REGISTRO PÚBLICO DEL SEXTO CIRCUITO MUNICIPIO LIBERTADOR
Dra. Linda Maldonado
Dirección: Av. Urdaneta, Punceres a Plaza España, Edif. Nº 37
Piso 7, Local 7. (Distromedica)
Teléfono: (0212) 564.99.75
Email: ossrm@cantv.net

REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL DISTRITO CAPITAL
Dr. Pedro Duarte
Dirección: Av. Andrés Bello, Edificio Centro Andrés Bello,
Sótano 1, Maripérez.
Teléfonos: (0212) 793.67.93/ 794.08.09/ 793.37.36
Fax: (0212) 793.71.75
Email: registromercantiluno@cantv.net/ rperez@rmiccs.gob.ve

REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL DISTRITO CAPITAL
Dra. Yonmar Montoya
Dirección: Av. Andrés Bello, Centro Andrés Bello, Sótano 1,
Local 2, Maripérez.
Teléfono: 793.68.47/ 793.70.49/ 781.40.76/ 782.74.13
Fax: (0212) 781.40.76
Email: darlinsalazar1 705@hotmail

REGISTRO MERCANTIL TERCERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO CAPITAL Y EL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Dra. Dalia Coromoto Medina Aguilar
Dirección: Carretera Panamericana, Km. 21, Centro Comercial
La Cascada, Nivel Torre Empresarial, Piso 4, ofic. 4-4,
Sector Corralito, Carrizal.
Teléfonos: (0212) 383.37.90
Fax: (0212) 383.14.62
Email: rmerc3miranda@cantv.net

REGISTRO MERCANTIL CUARTO DEL DISTRITO CAPITAL
Dra. Yanoselli Colmenares de Andrade
Dirección: Av. Lasalle, Torre Carriles, Mezannina 1, Local 33C y 34C.
Teléfonos: (0212) 794.01.25/ 794.01.85
Email: registromercantilIV@cantv.net

REGISTRO MERCANTIL QUINTO DEL DISTRITO CAPITAL
Dra. Gisela Rangel Avalos
Dirección: Urbanización Chuao, Calle Roraima, Quinta Adelita, PB.
Teléfonos: (0212) 959.69.01
Fax: (0212) 959.58.85
Email: ssandrin@cantv.net

REGISTRO MERCANTIL SÉPTIMO DEL DISTRITO CAPITAL

Dra. Dorkha Matherano
Dirección: Av. Este 8, Esq. Cruz Verde, Edif. Sur, 1era. Etapa,
P.B., Locales B-7, B-8 y B-9, nuevo Palacio de
Justicia.
Teléfono: (0212) 542.17.89/ 542.31.82/ 542.05.77
Fax: (0212) 542.05.77

jueves, 2 de marzo de 2017

¿Cuales son los Tipos de Zonificación en Venezuela?

¿Cuales son los Tipos de Zonificación en Venezuela?


EXISTEN VARIOS TIPOS DE ZONIFICACIÓN


ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL

R5 R6 R8 (Residencial de alta densidad)
E3 R4 (Residencial de media densidad)
R2 R1 E1S (Residencial de baja densidad)

ZONIFICACIÓN COMERCIAL

C9 (Comercio metropolitano)
C7 (Comercio interdistrital)
C5 (Comercio distrital)
C3 (Comercio sectorial)
C2 (Comercio vecinal)
C1 (Comercio local)
CE (Comercio especializado)
CIn (Comercio interdistrital)

ZONIFICACIÓN INDUSTRIAL

I4 (Industria pesada básica)
I3 (Gran industria)
I2 (Industria liviana)
I1 (Industria elemental y básica)

ZONIFICACIÓN EDUCATIVA

E (Centros de Educación inicial)
E1 (Centro de Educación básica)
E2 (Escuelas superiores de enseñanza profesional)
E3 (Universidades e institutos superiores de Educación Profesional)

ZONIFICACIÓN DE SALUD

H1 H2 H3 H4 (Equipamiento de salud)

OTROS

ZRE (Zonas de Reglamentación especial)
ZRP (Zona de recreación pública)
ZHR (Zona de Habilitación recreacional)
OU (Otros usos especiales)
ZM (Zona monumental)
PU (Zona pre-urbana)
ZR (Zona recreacional)
SP (Servicios públicos complementarios)
ZF (Zona de forestación)

Requisitos para registrar un Inmueble

Requisitos para registrar un Inmueble


En Venezuela la verdadera titularidad de la propiedad de un inmueble, se la da el  registro del documento de compra-venta definitivo ante la oficina del Registro Público Inmobiliario ( no documentos Notariados) correspondiente a la jurisdicción del inmueble,  para introducir el documento de compra-venta al registro Corredores de Inmuebles de Venezuela te recomiendan seguir los siguientes pasos y poseer los siguientes documentos:


  • Fotocopias legibles de las cédulas de identidad de comprador y vendedor.
  • Fotocopias legibles de RIF vigente de comprador y vendedor.
  • Si quien compra o vende es una compañía se debe incluir la fotocopia del Registro de Comercio de la compañía y su RIF vigente.
  • Solvencia municipal vigente que indique la operación que se realiza en original.
  • Cédula catastral de inmueble actualizada en original.
  • Solvencia del servicio de Aguas (perteneciente a cada estado o región) y/o declaración de no suscriptor en el caso de no utilizar estos servicios.
  • Solvencia del servicio de electricidad.
  • Solvencia del Aseso domiciliario.
  • Fotocopia del instrumento bancario de pago, es decir como se paga el inmueble, cualquiera que sea su modalidad (cheque, depósito o transferencia).
  • Planilla de pago del impuesto de transacción inmobiliaria, emitido por la Alcaldía correspondiente.
  • En algunos casos solicitan la certificación de plano y/o plano catastral.
  • En el caso de que se trate de vivienda principal la constancia o el registro de vivienda principal ante el Seniat.
  • Si se trata de la venta de un inmueble que no es vivienda principal, se debe presentar la planilla forma 33 del Seniat (pago de impuesto del 0,5 %) si el valor de la venta supera las 3.000 U.T.
  • El Registro Inmobiliario emite una planilla que debe ser pagada en los bancos acreditados, correspondiente a los aranceles judiciales por registro y debe consignarse una vez pagada.En el momento de la firma deben estar todos los documentos en original para que el funcionario constate la veracidad de los mismos.
De cualquier manera siempre hay que dirigirse al Registro Inmobiliario  correspondiente, y verificar si hay algún otro requisito para el momento.

Centros comerciales o comercio a pie de calle, ¿dónde abrir tu negocio?

Centros comerciales o comercio a pie de calle, ¿dónde abrir tu negocio?


  •  
Escoger un buen local es una de las primeras y más importantes decisiones a las que nos enfrentamos cuando abrimos un comercio. Buena parte del éxito de nuestro negocio dependerá de su ubicación y ya sea en una vía pública o en un gran centro comercial, cada una tiene sus ventajas e inconvenientes que a continuación analizamos.
La ubicación ideal de tu comercio depende mucho de su idiosincrasia y del tipo de emprendedor que quieras ser

En ocasiones es habitual que, al pasear por nuestra ciudad, encontremos el típico local que nos haga pensar: “el comercio que abra aquí lo tiene hecho”. Suele estar en una calle o plaza con una buena afluencia de personas, con transporte público cerca… De la misma manera, con la apertura de centros comerciales cada vez más grandes y espectaculares, no son pocos quienes se ven atraídos hasta este tipo de espacios como una forma de hacer visible su comercio. Así que, ¿cuál es la mejor opción?
No es una cuestión fácil de resolver y no existe una respuesta genérica. La decisión final dependerá de la propia idiosincrasia de tu negocio y del tipo de emprendedor que quieras ser, pero sí te podemos ofrecer una serie de ventajas e inconvenientes que te ayudarán a decidirte.

Los beneficios de abrir tu negocio en un centro comercial

En 2015 existían en España 546 centros comerciales con más de 15 millones de metros cuadrados de superficie bruta alquilable. Son datos de la Asociación Española de Centros y Parques Comerciales – AECC -, que prevé nuevas tendencias y oportunidades para quienes quieran ligar su negocio a una de estas grandes superficies. “En la próxima década veremos aparecer una nueva generación de centros comerciales que, a pesar de su dimensión, serán más cercanos al consumidor, sintonizarán con él en sus formas y hábitos de vida y le ofrecerán productos y servicios más adaptados a él”, explican desde la asociación.
Y esa es, precisamente, una de las grandes ventajas de los centros comerciales: su capacidad para atraer y retener a grandes cantidades de público. Estos espacios suponen un ecosistema muy atractivo para los consumidores, que pueden acudir a ellos para comprar electrónica y terminar consumiendo en algún restaurante o bar, no sin antes haber mirando algo de ropa. Es decir, los locales que abren en un centro comercial entran en un ‘circuito’ de consumo que no se da en otros lugares y que suele estar reforzado por la presencia de grandes marcas.
Esta afluencia de clientes es posible gracias a toda una suerte de comodidades y servicios que enriquecen la visita y que pueden ayudar a incrementar las ventas de los locales que dan vida al centro comercial. Por nombrar algunos de los más destacados, la organización de actividades enfocadas a todo tipo de público - degustaciones, fiestas temáticas, talleres, etc - es una enorme ventaja de cara a hacer visible nuestro negocio. Lo normal es que un comerciante, por sí solo, no tenga la capacidad de realizar este tipo de actividades, algo que sí tienen los centros comerciales.
Al fin y al cabo, todas estas acciones suponen una promoción muy interesante que nos ayuda a posicionarnos en el imaginario del consumidor. Por no mencionar la publicidad tradicional: cuñas de radio o mobiliario urbano suelen ser algunos de los reclamos más utilizados por los centros comerciales y que, de nuevo, suponen una inversión difícilmente asumible para un comercio.
Pero nosotros mismo también podemos publicitar nuestro comercio gracias a los servicios que ofrece el centro comercial y destacamos el de guardería como uno de los más atractivos. Es decir, podemos anunciar como propios los servicios que el centro comercial pone a la disposición de todos los negocios. 
Cerrando las ventajas de abrir un comercio en un centro comercial situamos la facilidad de acceso. Sus numerosas plazas de parking y unos accesos de transporte hacen que resulten muy sencillo acudir a ellos, en contraposición a los comercios en los barrios y calles más céntricas de las ciudades, en los que el aparcamiento suele ser difícil y caro.

Los inconvenientes de un centro comercial para sus locales

Ninguna ubicación es perfecta y tampoco lo son las que se encuentran en los centros comerciales. Tal vez, el mayor de los inconvenientes de instalarse en uno de estos espacios sea la falta de libertad a la hora de tomar una serie de decisiones que el comerciante sí tiene en los negocios de a pie de calle. Y el ejemplo perfecto es el horario.
En la mayoría de los centros comerciales se estipula un horario para todos los locales, que suele ser de 12 horas ininterrumpidas de servicio al público. Esto se traduce, por ejemplo, en la necesidad de contar con más personal para mantener abierto el negocio, un coste que puede ser complicado de asumir para algunos emprendedores.
De la misma manera, el alquiler de un local en un centro comercial suele ser mayor que el de un local con los mismos metros cuadrados y parecidas características a pie de calle. Todos esos servicios que dan vida al centro comercial se reflejan, de una manera u otra, en el coste de nuestro establecimiento. Además, en la mayoría de casos el emprendedor solo tiene derecho a alquiler, no a compra.
Por último y aunque no es una desventaja por sí misma, si conviene tener claro que abrir nuestro negocio en un centro comercial significa ligar nuestra suerte a la de este espacio. Las buenas o malas decisiones que se tomen desde la administración nos afectarán directamente. Es un factor a tener en cuenta y que no podremos controlar.

Los beneficios de un local a pie de calle

Un negocio situado a pie de calle nos ofrece una independencia que muchos emprendedores estiman fundamental. En este sentido y en contraposición al centro comercial, los comercios de los barrios no tienen por qué abrir en jornada ininterrumpida de 12 horas. El comerciante puede realizar el clásico ‘parón’ para el almuerzo y evitar la necesidad de contar con más personal del que se puede permitir.
Por otro lado, un comercio a pie de calle puede tener una gran visibilidad si escoge bien dónde ubicarse. Pocos lugares más atractivos para la venta que una céntrica avenida o una plaza en la que la rutina lleva a miles de ciudadanos a ver tus escaparates.
En esta línea, un local bien situado puede disfrutar de una gran afluencia de público en momentos en los que se realicen actividades en la calle.
Otra de las grandes ventajas de optar por un local de calle es el precio. Por supuesto, sin tener en cuenta las calles y avenidas más caras del país, lo normal es que el metro cuadrado de un local comercial a pie de calle sea más económico que uno incrustado en un centro comercial. Además, en la calle sí existe la opción a compra, algo que muchos emprendedores prefieren ante la perspectiva de mantener su negocio en un alquiler por un tiempo indefinido.

Los inconvenientes de un local a pie de calle

La visibilidad de la que hablábamos anteriormente es una ventaja que tendrá tu negocio… y el resto de negocios que te acompañarán en los alrededores. Y es que la competencia a pie de calle es un factor muy importante que debes tener en cuenta. Por eso a la hora de abrir un comercio se impone un buen estudio de la zona, algo que en un centro comercial no es necesario ya que por lo general la competencia suele estar muy bien medida y los administradores se cuidan de que no haya demasiados locales de un mismo tipo que se puedan ‘pisar’ los clientes.
Otra desventajas de un local comercial situado en una plaza o calle céntrica es que está expuesto a situaciones como manifestaciones, grandes aglomeraciones de gente, problemas de tráfico… todo aquello que dificulte su acceso a clientes más allá de los situados en su entorno más inmediato.
Por último, aunque un local comercial de calle puede ser más económico que uno situado en un centro comercial, es posible que no podamos comenzar nuestra actividad inmediatamente y que debamos afrontar la reforma de su estructura para adecuarla a nuestras necesidades.

viernes, 31 de agosto de 2012

Consejos para unas buenas finanzas- Finanzas personales

En nuestra vida, el aspecto financiero es muy importante ya que forma parte de nuestro día a día y nos permite atender nuestras necesidades. Es por eso que mantener unas finanzas personales adecuadas, garantizan estabilidad financiera.

Algunas breves sugerencias que te podrán ser de gran ayuda:

1) Estudia: Si aún no tienes una carrera universitaria, o ya eres profesional y aún no tienes una maestría, recuerda que siempre es un buen momento para invertir en tu educación y en la de tus seres queridos. Puedes plantearte aprender un idioma o ser técnico superior o especializarte en un determinado oficio, ya que si bien recomiendo que se atiendan los estudios, no todos tienen que ser médicos, abogados o ingenieros. Es más, en las sociedades desarrolladas, existe una carencia de mano de obra desarrollada y un buen técnico, pintor o mecánico, siempre que sean buenos en su oficio, tendrán la posibilidad de tener estabilidad económica. Recuerda que tener un mayor grado de estudios así como otras habilidades o destrezas que puedes adquirir tomando cursos o diplomados, te abrirán las puertas a mejores oportunidades laborales.


2) Protege a tus bienes y a tu familia: comprar un seguro no se debe ver como un gasto, en efecto, es una inversión. Asegura tu carro, tus bienes. Si puedes, compra un seguro de vida, y un seguro de gastos médicos para ti y tu grupo familiar. El tener seguros de este tipo, le brinda tranquilidad a tu familia, ya que si algún problema se presenta estarán preparados para enfrentarlo.

3) Ahorra: Vamos a hablar de una simple relación o lista de gastos para hacer un presupuesto. El primer paso, es anotar todos los gastos que realiza en una quincena, de esta forma, podrá saber con exactitud en que gasta la quincena. Siempre se le debe dar prioridad a los gastos esenciales como el pago del alquiler, la compra de la comida o el pago de servicios públicos, anote los gastos no recurrentes como, por ejemplo, el pago del seguro del vehículo o una cuota anual de un crédito. Para el caso de estos pagos especiales, lo ideal es que separes quincenalmente o mensualmente una pequeña cantidad para poder cubrir esos gastos cuando corresponda. Luego de pagar todos los gastos, ahorra lo que sobre, no importa lo pequeña que sea la cantidad. Puedes pensar en otras formas de ahorro, por ejemplo vender cosas que no necesitas o no usas, lo que te permitiría contar con un dinero extra para el ahorro.

También ahorras llevando comida de tu casa a la oficina y así comes menos en la calle y de seguro será más barato y saludable.

Algunas personas, pensando que la gasolina es barata no ven oportunidades de ahorrar en el uso del combustible, ese es un grave error porque por una parte se contamina más el ambiente y tenemos mayor tráfico, y por otra hay un mayor desgaste de su vehículo y gastos en repuestos, por lo tanto, trate de ponerse de acuerdo con otros compañeros de trabajo y compartan el uso del vehículo para ir a la oficina.

4) Usa el crédito de forma inteligente: No te endeudes de más. No lo hagas para cosas superfluas, esas cosas que no necesitas. Si tienes dinero en una cuenta y a la vez debes dinero, piensa en pagar tus deudas y a la hora de pagar, hazlo con las más caras y las de corto plazo. A la hora de endeudarte, recuerda que no debes acudir al mercado informal, serás víctima de usura mientras que en la banca, las tasas de interés siempre serán más bajas.

Finalmente, para tener una medida para no endeudarte de más, recuerda no comprometer más del 30% de los ingresos del grupo familiar en el pago de capital e intereses de préstamos.

miércoles, 18 de julio de 2012

Trámites Catastrales Vía Electrónica (Cedula Catastral) (solo para Caracas)

Trámites Catastrales Vía Electrónica (solo para Caracas)
1. ¿En qué consiste el servicio?
Cédulas catastrales
2. Recaudos
2.1- Apartamentos:
  • Documento de propiedad registrado.
  • Planilla sucesoral ( propietario fallecido)
  • Fotocopia de la cédula de identidad
  • Solvencia de aseo urbano
  • Rif si el propietario es persona jurídica
  • cedulacatrastral@gmail.com

2.2- Apartamento INAVI
  • Contrato venta a plazo o carta por el INAVI
  • Planilla sucesoral (propietario fallecido)
  • Información de linderos
  • Recibo de pago de cancelación total
  • Estado de cuenta
  • Fotocopia de la cédula de identidad del propietario
  • Solvencia del aseo urbano
  • Rif si el propietario es persona jurídica
  • cedulacatrastral@gmail.com
2.3 Casa - terreno
  • Documento de propiedad registrador
  • Planilla sucesoral (en caso de fallecimiento)
  • Fotocopia de la cédula de identidad del propietario
  • Solvencia de aseo urbano
  • Rif si el propietario es persona jurídica
  • Plano de ubicación
  • Levantamiento topográfico ( terrenos de el Junquito y extensiones mayores a 500m2)
  • cedulacatastral@gmail.com
2.4 Bienechurias
  • Titulo supletorio notariado o aprobado por tribunales
  • Planilla sucesoral (propietario fallecido)
  • 3. Fotocopia de la cedula de identidad del propietario
  • Solvencia de aseo urbano
  • Rif si el propietario es persona jurídica
  • certificadobinehechruriaccs@gmail.com
2.5 Propiedad horizontal
  • documento de propiedad registrado
  • Documento de condominio registrado y aprobado por control urbano
  • Fotocopia de la cedula de identidad del propietario
  • solvencia de aseo urbano
  • Rif si el propietario es persona jurídica
  • Plana de ubicación
  • Levantamiento topográfico (extensiones de mas de 500 m2)
  • cedulacatastral@gmail.com
2.6 Titularidad de terreno
  • Carta de residencia emitida por la junta Parroquial o Registro Civil
  • Fotocopia de la cédula de identidad del propietario
  • Solvencia de aseo urbano
  • Rif si el propietario es persona jurídica
  • Plano de ubicación
  • titularidadccs@gmail.com
2.7 Certificacion de linderos
  • Oficio remitido por la oficina de registro subalterno dirigido a la Dirección de Catastro solicitando la certificación de linderos con los siguientes recaudos:
  • Documento de propiedad del inmueble protocolizado
  • Fotocopia de la cedula de identidad del propietario
  • Rif si el propietario es persona jurídica
  • Solvencia de aseo urbano
  • Fotocopia del plano de ubicación
  • Levantamiento topográfico en coordenadas UTM, Regven ( 2planos y un CD con el levantamiento digital en DWG)
  • certifiacioneslinderosccs@gmail.com
3. Tiempo de respuesta de la solicitudLa dirección dará respuesta a su solicitud vía electrónica, indicando: fecha y hora de recibido, numero de solicitud y fecha de entrega.
4. ¿Qué otro dato se debe tener en cuenta?
Para retirar su documento debe presentar:
Si no es propietario, autorización y fotocopia de la cedula de identidad del propietario y del autorizado.
Si es persona jurídica, autorización de uno de los socios, fotocopia de la cedula de identidad del socio y del autorizado. Presentar Registro Mercantil
5. Contacto
www.caracas.gob.ve
Planilla Solicitud de Cedula Catastral : http://www.caracas.gob.ve/wp-content/uploads/2010/07/cedula_catas.jpg

Cédula Catastral (Municipio Baruta)

 

¿En qué consiste?
La Cédula Catastral es una herramienta de relevancia en la formación y conservación del catastro, es emitida por las oficinas de catastro y en ellas se señalan aspectos relevantes de la propiedad inmobiliaria como la descripción física, situación jurídica y valor económico.

Requisitos
  • Llenar y consignar planilla Solicitud de Cédulas Catastrales
  • Copia de la Cédula de Identidad del SOLICITANTE
  • Copia de documento de propiedad debidamente registrado a nombre del contribuyente reflejado en el estado de cuenta correspondiente al inmueble.
  • Cancelar una Tasa Administrativa de 1 U.T. por concepto de Copia de Cédula Catastral, la cual deberá ser depositada en la cuenta N° 15-03-47-0000238618-00001-94 en algunas de las siguientes entidades bancarias: Provincial, Banesco, Fondo Común, Nacional de Crédito y Exterior. UBICADOS DENTRO DEL MUNICIPIO.
  • 0,5 U.T. en Timbres Fiscales

Tiempo de respuestaCinco (5) días hábiles aproximadamente.

¿Dónde y cuándo se tramita?
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN URBANA Y CATASTRO
Taquilla de CatastroDirección: Urbanización Colinas de Bello Monte, Av. ppal. Colinas de Bello Monte, Antigua Sede Alcaldía de Baruta, P.B.
Teléfonos: (0212) 701-7065
Email: planificacion_urbana@baruta.net
Horario de Atención: lunes a viernes, de 08:30 a 11:30 a.m. y de 01:00 a 04:30 p.m.
Dirección: Urbanización Parque Humboldt, Av. Río Caura, Centro Empresarial Torre Humboldt, Planta Nivel Acceso, Local AC-07 y AC-08. Punto de referencia: detrás de Centro Comercial Concresa.
Teléfonos: (0212) 907-5321
Email: planificacion_urbana@baruta.net
Horario de Atención: lunes a viernes de 08:30 a.m. a 04:30 p.m.
Dirección: Boulevard Córdoba, entre Plaza Bolívar y Plaza El Cristo. Casco de Baruta.
Horario de atención: lunes a jueves de 08:30 a.m. a 12:00 p.m. y de 01:00 a 04:30 p.m.
Teléfono: (0212) 906-1243
Email: planificacion_urbana@baruta.net
Fuente: www.alcaldiadebaruta.gob.ve
Direccion url: http://www.alcaldiadebaruta.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=1961:copias-de-cedulas-catastrales&catid=143:catastro&Itemid=206

NOTARÍAS DEL DISTRITO CAPITAL

NOTARÍAS DEL DISTRITO CAPITAL

NOTARÍA PÚBLICA PRIMERA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Aquiles Villavicencio Torrealba
Dirección: Av. Lecuna, entre las Esq.
de Velásquez y Miseria, Edif. Torre Profesional del
Centro, P.B.L-3.
Teléfonos:(0212) 545.94.03/ 541.04.67/ 541.03.77

NOTARÍA PÚBLICA SEGUNDA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. María Victoria Vásquez Gordillo
Av. Vollmer, Edif. Normandie, Piso 1, Nos.101,
102 y 112. Urb. San Bernardino.
Teléfonos:(0212) 574.35.53/ 574.03.63
Email: NOTARÍA2libertador@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA TERCERA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR
Dra. Fabiola M. Castro Reinaldo
Dirección: Av. Urdaneta, Mijares a
Santa Capilla, Edif. Isbanca, 1er. Piso, Ofic. 13.
Teléfonos: (0212) 862.69.68/ 860.24.02
Email: NOTARÍA3libertador@hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA CUARTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Victor Gregorio Garí Tortolero
Dirección: Av. Urdaneta, Pelota a Punceres Edif. Protexo,
Piso 2, Oficina 21.
Teléfonos: (0212) 561.14.73/ 563.95.25

NOTARÍA PÚBLICA QUINTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Homero José Echevarreneta Gómez
Dirección: Av. Urdaneta, Pelota a
Punceres, Edif. El Mirador, Mezzanina I,
frente a la PTJ.
Teléfonos: (0212) 561-93-97/ 561-85-86/ 563-58-23
Email: NOTARÍAquinta@yahoo.es

NOTARÍA PÚBLICA SEXTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Benigno Antonio López
Dirección: Chorro a Dr. Paúl, Edif. Plaza El Venezolano,
Mezzanina, Ofic. 4.
Teléfonos: (0212) 541.95.80/ 545.37.86/ 545.4019
Email: NOTARÍAVIdecaracas@hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA SÉPTIMA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. María del Pilar Romero de Alcalá
Dirección: Cruz de Candelaria a
Candilito, Res. La Candelaria, P.B., Local C,
frente a la Plaza Candelaria.
Teléfonos: (0212) 572.96.65/ 572.25.79/ 574.62.21

NOTARÍA PÚBLICA OCTAVA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Blanca Diana Marquina
Dirección: Cipreses a Santa Teresa, Res. Santa Teresa,
P.B.,Local 6.
Teléfonos:(0212) 545-77-60/ 545-85-56
Email: not8mlib@hotamil.com

NOTARÍA PÚBLICA NOVENA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Sandra I. Romero
Dirección: Av. Francisco Solano López, al lado del Hotel
Tampa.
Teléfono:(0212) 762.91.75/ 762-91-83/ 762.36.90/ 761.59.42
Email: NOTARÍA9ccs@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA DÉCIMA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Sabrina T. Miranda Hernández (Int.)
Dirección: Av. Francisco Solano López,
Edif. San Antonio, Local D, P.B., Sabana
Grande.
Teléfonos: (0212) 762.22.63/ 762.18.08/ 763.20.12

NOTARÍA PÚBLICA UNDÉCIMA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Támara Silva de Catalano
Dirección: Plaza Venezuela, Edif. Polar, Piso 1, Local MG1.
Teléfonos: (0212) 574.87.31/ 574.99.20/ 574.90.77

NOTARÍA PÚBLICA DUODÉCIMA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Niroldy Karin Delgado Labrador
Dirección: Av. Andrés Bello, Edif.Centro Andrés Bello,
Sótano 1, Local 1.
Teléfonos:(0212) 793.08.83/ 781.77.01
Email: niroldy@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA DÉCIMA TERCERA MUNICIPIO LIBERTADORAbog. Marcos Evangelista Mérida Díaz
Dirección: Av. Los Samanes, Qta.
Villa Olga, N° 39, La Florida.
Teléfonos: (0212) 730.61.87/ 730.72.45

NOTARÍA PÚBLICA DÉCIMA CUARTA MUNICIPIO LIBERTADORDra. Aracelis Escalona Martínez (Int.)
Dirección: Av. Sucre, Conjunto Res. Sucre, Local 21,
Mezzanina, frente al Metro de Agua Salud, Catia.
Teléfonos:(0212) 860.42.98/ 860.87.79

NOTARÍA PÚBLICA DÉCIMA QUINTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Julio C. Lattán Avalo
Dirección: Av. San Martín, Centro Comercial Los Molinos,
1er. Piso, Local 38.
Teléfonos: (0212) 451.27.89/ 451.19.74
Email: juliolattan@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA DÉCIMA SEXTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Eukary Fuenmayor Hernandez (Int.)
Dirección: Av. Teresa de la Parra,
Centro Comercial Santa Mónica, Locales 13 y 14.
Teléfonos: (0212) 662.32.35/ 661-27-64/ 661.23.40
Email: darielis35@hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA DÉCIMA SÉPTIMA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Elba Palacios Sarmiento
Dirección: Av. Presidente Médina con Calle Progreso,
Edif. Pini, Piso 3, Urb. Las Acacias.
Teléfonos: (0212) 633.41.45/ 633.47.38
Email: tae@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA DÉCIMA OCTAVA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. María del Carmen Suárez
Dirección: Centro Comercial Plaza Páez, Nivel Oficinas,
Local Nº 3 Calle Madariaga, frente a la Universidad Santa María,
El Paraíso
Teléfonos: (0212) 482-35-09/ 481-78-32
Email: NOTARÍA18@canv.net

NOTARÍA PÚBLICA DÉCIMA NOVENA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Luis Osorio
Dirección: Padre Sierra a Conde, Edif. Bapgel, Piso 3,
Oficinas 31 y 32.
Teléfonos: (0212) 860.50.22/ 860.16.55
Email: NOTARÍA19ml@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA VIGÉSIMA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Jacqueline Graziani de Vallés
Dirección: Edif. Centro Mercantil,Piso 1, Ofic. 1-9,
Av. Universidad entre las Esq. de San Francisco a Sociedad.
Teléfonos: (0212) 482.93.05/ 482.95.03
Email: NOTARÍAvigesimaccs@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA VIGÉSIMA PRIMERA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Esperanza Guillén de Gámez
Dirección: Av. Lecuna, Miracielos a Hospital, Edif. Sur 2, Piso
2, Ofic. 202.
Teléfonos: (0212) 481.71.05/ 482.03.04/ 482.95.23
NOTARÍA PÚBLICA VIGÉSIMA SEGUNDA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Marianela Paz de Naim
Dirección: Calle Villaflor con Av.Casanova, Edif. Boreal,
Mezzanina, Sabana Grande.
Teléfonos: (0212)762.78.23/ 762.26.94
Email: NOTARÍA22libertador@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA VIGÉSIMA TERCERA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Mario Pedroza
Dirección: Parque Central, Nivel Bolívar, Edif. Catuche,
Local 2CB-35.
Teléfonos: (0212) 573.71.56/ 577.36.08/ 577.18.16
Email: NOTARÍA23libertador@cnatv.net

NOTARÍA PÚBLICA VIGÉIMA CUARTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Pablo Emilio Márquez
Dirección: Av. Universidad, Urb. Los Chaguaramos, Edif.
Odeón, Piso 1, Ofic. 4, Pquia. Sta. Rosalia.
Teléfonos: 662.13.04/ 662.26.92/ 661.54.00
Email: NOTARÍA24@hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA VIGÉSIMA QUINTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Vesna Padrón
Dirección: Av. Libertador, Esq. Calle Negrín, Centro Comercial
Libertador, Nivel P2, Ofic. 29.
Teléfonos: (0212) 762.12.69/ 762.11.51/ 730.29.45
Email: NOTARÍA25decaracas@hotamil.com

NOTARÍA PÚBLICA VIGÉSIMA SEXTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Nélida Rosa Contreras de Betancourt
Dirección: Av. Este Seis, entre Ño Pastor y Puente Victoria,
Edif. Centro Pq.Carabobo, Nivel 1, Mezzanina, N° 102, Pquia. Candelaria.
Teléfonos: (0212) 577.00.74/ 577.18.13/ 577.17.79

NOTARÍA PÚBLICA VIGÉSIMA SÉPTIMA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR
Dra. Mariela J. Araujo Alvarenga
Dirección: Av. México, Centro Empresarial Bellas Artes,
Edif. Los Ortega,Mezzanina, Local 26.
Teléfono: (0212) 575.26.23
NOTARÍA PÚBLICA VIGÉSIMA OCTAVA DEL MUNICIPIO LIBERTADORAbog. José Gregorio Marrero Ramírez
Dirección: Av. Bolívar, Centro Comercial Propatria, Local
E-8, Nivel 4, Propatria.
Teléfonos: (0212) 871.14.75/ 870.63.65/ 871.39.42
Email: elcondor69@hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA VIGÉSIMA NOVENA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. César Ricardo Bastardo Sulbarán
Dirección: Av. Urdaneta, Esq. de
Urapal, Edif. Urimare, Piso 1.
Teléfonos: (0212) 577.42.45/ 577.81.65
Email: NOTARÍA29@hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA TRIGÉSIMA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Sergio Alejandro Briceño Yaselly
Dirección: Av. Las Acacias entre Av. Roosevelt yAv. Nueva Granada, Centro
Comercial Profesional"4G" Local 8, P.B., debajo del elevado, Los Rosales.
Teléfono: (0212) 632.35.89

NOTARÍA PÚBLICA TRIGÉSIMA PRIMERA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Yadira del V. Delgado de Pérez
Dirección: Av. Urdaneta, Centro
Financiero Latino, Piso 15, Ofic. 8.
Teléfonos: (0212) 564.03.26/ 564.33.96/ 562.68.79
Email: yadiradeloen@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA TRIGÉSIMA SEGUNDA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Freddy Montilla
Dirección: Colón a Dr. Díaz, Edif. Oficentro Edal, Piso 4,
Ofic. 4-2, El Silencio.
Teléfonos: (0212) 563.92.95/ 415.27.71

NOTARÍA PÚBLICA TRIGÉSIMA TERCERA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Monserrat Gonzalo Nazco
Dirección: Calle El Recreo con Boulevard de Sabana
Grande, Edif. Estoril, Piso 1, Ofic. 12.
Teléfonos: (0212) 761.80.13/ 761.72.05/ 761.10.96

NOTARÍA PÚBLICA TRIGÉSIMA CUARTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Felipe Nerio Torres
Dirección: Esq. Padre Sierra a Muñoz, Edif. Oficentro,
Mezzanina.
Teléfonos: 481.83.07/ 481.50.64

NOTARÍA PÚBLICA TRIGÉSIMA QUINTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Yelitza J. Malavé Tochón
Dirección: Coliseo a Peinero, Calle Sur 5, Edif. Centro
Ejecutivo, Piso 2, Ofic. 25, La Hoyada.
Teléfonos: (0212)545.99.17/ 543.03.67
Email: NOTARÍA35caracas@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA TRIGÉSIMA SEXTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDr. Reinaldo Marín Guanipa
Dirección: Av. Urdaneta, Esq. La Pelota, Edif. Karam, Piso
5, Ofic. 625.
Teléfono:(0212) 564.35.17/ 564.08.71
Email: NOTARÍAXXXVI@hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA TRIGÉSIMA SÉPTIMA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Gloria González Clark
Dirección: Av. Urdaneta, Esq. de Animas, Edif. Centro 63,
Piso 1, Ofic. 1-E, diagonal al Edif. El Universal.
Teléfonos: (0212)563.87.59/ 562.77.52/ 562.93.38
Email: NOTARÍA37decaracas@hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA TRIGÉSIMA OCTAVA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Petra Mendoza de Gamboa
Dirección: Av. Casanova, Centro Comercial Cediaz, Torre
Oeste, Local Comercial,PB-2, Sabana Grande.
Teléfonos: (0212) 761.08.51/ 324.56.45

NOTARÍA PÚBLICA TRIGÉSIMA NOVENA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Zulay del Valle Gamardo de Martínez
Dirección: Av. Santa Lucía, entre Avda. Ppal. El Bosque y
Avenida Santa Isabel, Minicentro Comercial Doral, P.B., Locales
M25A, M27A, M27B y M29A (frente a Beco Chacaíto)
Teléfonos: (0212) 954.08.27/ 953.94.89/ 953.61.67
Email: NOTARÍA39ml@yahoo.es/ notaría39ml @hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA CUADRAGÉSIMA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR
Dr. Michele Scavo Giovanelli
Dirección: Av. Principal de Bella Vista, Edif. Ninoska, Piso
1, diagonal al antiguo Reloj.
Teléfonos: (0212) 471.49.36/ 471.53.40
Email: lucymaradei@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA CUADRAGÉSIMA PRIMERA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Betzaida Nazareth Guzmán
Dirección: Centro Comercial Los Chaguaramos entre Av.Edison
y Neverí, Planta Principal, Local 4, Colinas de Bello Monte.
Teléfono: (0212) 690.27.45
Email: norariapub41ccs@cantv.net

NOTARÍA PÚBLICA CUADRAGÉSIMA SEGUNDA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR
Dra. Shachenika Rodríguez Clark (Int)
Dirección: Centro Uslar, Torre Oficinas, Piso 2, Local N°
24, Sector B, Unidad Vecinal 1, Urb. Montalbán.
Teléfonos: (0212) 471.24.33/ 471.77.45
NOTARÍA PÚBLICA CUADRAGÉSIMA TERCERA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Nancy M. Angarita Hernández
Dirección: Av. Urdaneta Esq. de Marrón a Pelota, Edif.
General Páez, Piso 6, Ofic. 606, frente a
papeleria La Nacional, diagonal al Banco Provincial.
Teléfonos: (0212)564.84.14/ 564.50.17

NOTARÍA PÚBLICA CUADRAGÉSIMA CUARTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Vilma C. Volcanes González
Dirección: Av. Intercomunal El Valle, Centro Comercial El Valle,
Nivel Banco, Local 19.
Teléfonos: (0212) 672.09.17/ 671.33.73
Email: vvolcanes@hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA CUADRAGÉSIMA QUINTA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR
Dra. Lourdes Milagros Barbella de Vargas
Dirección: Av. Stadium, Esq. Calle
Sanoja, Qta. Irene, Mezzanina, Local N° 5, Los Chaguaramos.
Teléfono: (0212) 693.07.59
Email: lourdes_barbella036@hotmail.com

NOTARÍA PÚBLICA CUADRAGÉSIMA SEXTA DEL MUNICIPIO LIBERTADORDra. Eleida Beatriz Rengel Quiñonez
Dirección: Km. 8 de la Carretera de El Junquito, Edif. Rattan
Delta, 1er. Piso, Ofic. N°1, frente al Hotel Saint Moritz.
Teléfonos: (0212) 422.13.82/ 714.45.83
Email: eleida@hotmail.com            

sábado, 29 de octubre de 2011

Aprobada la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios

Aprobada la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios Aprobada la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios Se da titularidad a quienes tengan más de 20 años alquilados La Asamblea Nacional tenía agenda terminar de aprobar la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y lo hizo. Los puntos objeto de discusión fueron las sanciones y las disposiciones transitorias que en la noche de este jueves fueron concluidos. En el marco de esta segunda discusión, los diputados de la Comisión de Administración y Servicios realizaron ajustes a los artículos y uno de los aspectos modificado fue el correspondiente a las ventas de las casas en alquiler. Según el proyecto, los propietarios de los inmuebles tendrán que dar la titularidad de la solución habitacionales a los inquilinos que tengan más de 20 años arrendados. Y el proceso de venta de esas unidades será coordinado por la Superintendencia de Arrendamientos. Uno de los aspectos que destacan es que las sanciones en la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios fueron ampliadas y los castigos por incumplimiento al marco legal en gran medida recaen en los propietarios de los inmuebles. Los diputados efectuaron ajustes en el método de estimación del canon y decidieron que para fijar el valor de las viviendas se tomarán en cuenta: valor de reposición, dimensiones del inmueble, valor de depreciación, vulnerabilidad sísmica y región geográfica. En manos de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento quedará el cálculo de la renta. El presidente de la Comisión de Administración y Servicios, Diosdado Cabello, manifestó que hoy se hizo justicia con más de 750.000 familias que están en situación de inquilinato y además a los pequeños arrendadores.

miércoles, 27 de abril de 2011

COMO SER UN BUEN VENDEDOR DE INMUEBLES

ELISETA FARIA BIENES RAICES: COMO SER UN BUEN VENDEDOR DE INMUEBLES: "SIGA ESTOS CONSEJOS Y SEA UN BUEN ASESOR DE BIENES RAICES FRENTE A SUS CLIENTES. Para un agente de Bienes Raíces, la comisión es una retrib..."

lunes, 18 de abril de 2011

10 claves para triunfar en el sector inmobiliario. www.escuela-aefi.com

martes, 12 de abril de 2011

¿ Es Posible Vender un Inmueble Hipotecado?


    
Respondemos: es válida la venta de un inmueble con hipoteca. La Ley no exige para ello el consentimiento, autorización, notificación o liberación del banco o acreedor hipotecario. El propietario del bien puede vender su inmueble con la hipoteca vigente. Si quienes intervienen en la venta con hipoteca, no mencionan el gravamen, el registrador lo hará. Éste advertirá en la Nota de Autenticación no sólo la existencia de la hipoteca, también expresará el nombre del acreedor hipotecario, el monto y grado de la hipoteca.

La garantía hipotecaria asegura el cumplimiento de la obligación principal o préstamo. Ante el impago de la deuda, el acreedor hipotecario reclamará el capital e intereses, la indexación y gastos del juicio. El acreedor ejecutará la hipoteca, sin importar quién figure como propietario del bien en el Registro Inmobiliario. Y es que, la "hipoteca sigue al bien", de forma independiente a la persona que sea dueño para la fecha de la ejecución judicial. Es ese el objeto de la garantía hipotecaria, asegurar el pago de la deuda. Rematado el inmueble, será adjudicado al mejor postor; es la venta judicial. De lo obtenido en la subasta pública, el acreedor se cobra, y el remanente corresponderá a la parte ejecutada o dueño del bien.

Pensemos en el deudor solvente en el pago de las cuotas de su hipoteca, desea negociar con un comprador, por lo que ambos acuerdan la venta del inmueble hipotecado. Los otorgantes, deudor hipotecario y comprador, pactan registrar la compraventa inmobiliaria en el Registro. Se trata de un inmueble hipotecado y su actual propietario lo da en venta a un tercer comprador. El legislador no exige la autorización del acreedor hipotecario para que se perfeccione la venta. Lo que si consagra la Ley, es que el registrador haga mención en el documento de venta a registrar, que sobre el inmueble hay un gravamen hipotecario de primer o segundo grado a favor del acreedor, a quien identificará en el cuerpo de la escritura.

El adquiriente del inmueble hipotecado, una vez obtenga su título de propiedad ya registrado, observará que en dicho documento consta la mención señalada. Sobre los hombros del nuevo propietario comprador del inmueble pesa, a partir de la fecha del registro, el pago de la hipoteca. El nuevo propietario sabe que si cae en mora o se atrasa en los pagos de la hipoteca, será a él a quien ejecutará el banco o acreedor y no al antiguo propietario vendedor. No se pide la autorización del acreedor por la razón explicada: la hipoteca sigue al bien, sin importar en las manos de quien se encuentre. Para el acreedor es irrelevante que el dueño sea "A" o "B", ya que el bien será objeto de ejecución en caso del impago. De lo recibido en el remate, el acreedor satisfará su acreencia y si resulta un remanente, es para el dueño del bien.

domingo, 10 de abril de 2011

Venta de Inmueble hipotecado con opción de Compra y Arras

Es posible la venta del inmueble con hipoteca, aun sin obtener la liberación del acreedor. Siendo así, el nuevo adquirente propietario comprador, se subroga en los derechos y la deuda. Aclarado lo anterior, es de subrayar que el vendedor ignora que no hay opción de compra si las partes pactan que "el vendedor se obliga a vender" y "el comprador se obliga a comprar". Ocurrido esto, cuando el optante entrega dinero en concepto de arras al dueño del inmueble (apartamento o terreno), la Ley señala como nuevo propietario a la persona que hizo ese pago. Nótese que, a cambio de haber recibido un anticipo o arras (ejemplo, treinta por ciento del precio acordado) se ha dejado de ser propietario del inmueble.

El verdadero contrato de opción de compraventa prevé determinados requisitos legales. Reiteramos, en la opción de compra, el optante o la persona que entrega parte del precio del inmueble no está obligado a comprar ya que sólo se acuerda la posibilidad o el derecho de decidir si compra o no, si acepta la oferta del promitente o la rechaza.
Además las partes del contrato deben asumir la precaución de no incluir en la redacción del texto las palabras: "vendedor y comprador", estas serán sustituidas por las apropiadas: "optante y promitente".

La auténtica opción de compra venta es la promesa unilateral de venta que hace el promitente, de allí su nombre.

El promitente se obliga a vender respetando dicha oferta siempre por un plazo; y la otra parte (optante) es libre de aceptar la oferta del propietario. Concluimos: una sola de las partes se obliga, la otra tiene una opción de compra, pero, no está obligada a comprar. El optante es libre de ejercer su derecho de comprar el apartamento, casa quinta, galpón o terreno. Si decide no comprar, aplicará la multa pactada en el contrato. La cláusula penal o multa es la única indemnización a favor del oferente o dueño del inmueble. Aunque en el contrato firmado por las partes se lea: opción de compra, este será considerado por el tribunal como una venta si del mismo se evidencia: prometo vender y prometo comprar.

Debe acudirse de forma directa al contrato definitivo de venta en el Registro Inmobiliario. Ese día, el comprador paga el precio total y el vendedor firma la transmisión de la propiedad. Así, no hay riesgo o peligro de sufrir un eventual incumplimiento de alguna de las partes.
El problema surge cuando firmada la opción, se va acercando la fecha para la firma de la venta en el Registro, y el vendedor se niega a firmar el traspaso.
En esa situación: ¿qué podría hacer la persona que ya adelantó dinero o arras? La respuesta es demandar al dueño del inmueble por el incumplimiento del contrato de opción de compra.

Esto puede evitarse si las partes hacen uso del contrato de venta definitiva ante el Registro Inmobiliario, sin opción de compra.

http://www.protejase.com.ve/ Abogado y Profesor UCV, UCAB y USM. asomivis@gmail.com